¿Quién paga los daños originados por un incendio en vivienda?

La situación varia en base a si el incendio es intencionado o no y si existe seguro contra incendios o no.


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Cuando el incendio ha sido intencionado

Si el incendio es intencionado, el culpable deberá pagar todos los daños y perjuicios que haya originado con su por su actuación. En el caso de que sea menor de edad, los responsables serán sus progenitores o tutores legales.

 Este caso también aplica para negligencia.

Cuando el incendio se ha producido por causas naturales

En el caso de que el incendio haya sido ocasionado por la naturaleza, por ejemplo, por un rayo, no habrá una persona a la que reclamar, y tampoco podremos acudir al Consorcio de Compensación de Seguros, como ocurriría por ejemplo en caso de terremoto.

Cuando hay contratada una póliza de seguros que cubra el incendio

 Solo en el caso de que lo tengamos contratado una póliza que cubra daños por incendio, nuestra aseguradora se hará cargo de los daños. En caso contrario, será el propietario de la vivienda el que tendrá que hacerse cargo, salvo que el Gobierno por Real Decreto acuerde algún tipo de ayuda.

 En este sentido debemos indicar que, si tenemos contratada alguna hipoteca, la Ley hipotecaria nos obliga a tener un seguro al menos de incendio, cuyo valor de contratación ha de ser el de primera tasación de la vivienda.

Cuando no hay contratada una póliza de seguros que cubra el incendio

 Si no tenemos contratado un seguro, salvo que podamos reclamar los gastos al causante del incendio, no existe la opción de solicitar el pago de los daños al Consorcio de Compensación de Seguros, como sí ocurriría en otro tipo de situaciones.

El artículo 1 del Reglamento de Riesgos Extraordinarios 300/2004 de 20 de febrero hace una relación de lo que se considera riesgo catastrófico y en este sentido menciona que tienen la consideración de tales:

  1.  Los terremotos, maremotos, inundaciones extraordinarias, las erupciones volcánicas, la tempestad ciclónica atípica y las caídas de cuerpos siderales y aerolitos

  2. Los ocasionados violentamente como consecuencia de terrorismo, rebelión, sedición, motín y tumulto popular

  3. Los hechos o actuaciones de las Fuerzas armadas y Cuerpos de Seguridad en tiempos de paz.

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