Novedades en la normativa de sistemas de abastecimiento de agua contra incendios

Acaba de publicarse la nueva versión de la norma UNE 23500 sobre “Sistemas de abastecimiento de agua contra incendios”, la cual anula la versión anterior de 2012.

El objetivo de esta norma es garantizar que el agua llegue en las condiciones de caudal y presión adecuadas a los distintos sistemas y equipos y, por tanto, que la respuesta de éstos en caso de incendio sea la óptima.

Con la experiencia en la aplicación de la versión anterior de dicha norma, por parte de asociados fabricantes, instaladores y mantenedores, además de usuarios reunidos en el Grupo de Trabajo del CTN-23, se ha mejorado tal normativa en varios aspectos, como puede ser la definición y selección de abastecimiento.

Asimismo, las novedades de la actual normativa son las siguientes:

  • Creación de un anexo informativo que describe el método para seleccionar la categoría y la clase de abastecimiento, principalmente como respuesta consultas recibidas en relación a las dificultades para entender las tablas correspondientes de la versión 2012.

  • Para mejor comprensión del contenido de la norma, el apartado FUENTES DE AGUA aparece en esta versión antes del apartado TIPOS Y CONDICIONES DE ABASTECIMIENTOS DE AGUA (en la versión 2012 aparecían al revés).

  • Mayor y mejor definición de 4.2.2 Fuente inagotable y de 4.2.3 Depósitos, más ilustrados con diagramas que incluyen versiones de depósitos cilíndricos, no contemplados en versiones anteriores.

  • Tablas para definir la clase de abastecimiento, presentadas de manera más comprensible y ordenadas de dos maneras: una por tipo de fuente y otra por clase de abastecimiento y figura esquemática.

  • Eliminación del anexo C de la Norma UNE 23500:2012. Queda sustituido por un nuevo apartado 6.4 en esta nueva versión, aplicable solamente para abastecimiento sencillo y sólo para sistemas de bocas de incendio equipadas (BIE) de cualquier tamaño.

  • Definición del alcance de opciones voluntarias adicionales a las requeridas en la norma. Por ejemplo, la tabla 8 del apartado 6.4.1 específica las condiciones para casos de abastecimiento sencillo con opciones diésel de manera diferente a la tabla 6, que se utiliza, a nivel general, para abastecimiento superior o doble.

  • Presentación de opciones voluntarias diésel monobloc para abastecimiento sencillo (6.4), con un juego de batería y 3 intentos de arranque, simplificando el requerimiento general para abastecimiento superior o doble, con doble juego de batería y 6 intentos de arranque.

  • En el abastecimiento sencillo (6.4) la parada de la bomba principal sólo puede ser manual (el anexo C de 2012 permitía manual o automática).

  • Armonización de los colores de alarmas de acuerdo con la Norma UNE EN 12845. Como la Norma UNE EN 12845:2016 refiere que para el control de la motobomba diésel, los fallos deben ser representados en amarillo, la nueva versión de UNE 23500 se ha alineado con ello y especifica los colores de las alarmas y avisos con el criterio siguiente:

    • Verde: para representar estados de funcionamiento normal (por ejemplo, presencia de tensión de red).

    • Rojo: para representar avisos o pre-alarmas de posible detección de incendio (por ejemplo, bomba en demanda).

    • Amarillo: para fallos y alarmas de anomalías técnica.

  • Nuevo apartado 6.5 Sistema de bombeo en un abastecimiento superior o doble que sustituye al apartado 6.4 Sistema de bombeo de la versión 2012. En esta versión todo el apartado 6.5 están referidos a abastecimientos de clase superior o doble, o bien, de clase sencillo pero con rociadores.

  • Nuevo rango de caudalímetro entre 40% y 150% de Qn o Qnb, según clase de abastecimiento. Se trata de disponer de aparatos de medida cuya escala permita una lectura adecuada alrededor del rango de caudales y presiones nominales necesarias.

  • Queda definido del alcance de las válvulas de seccionamiento del circuito de pruebas, exigiendo señal de supervisión eléctrica siempre que no esté completamente cerrada.

  • Se exige un 5% más de margen por encima de la máxima potencia absorbida para determinar la potencia del motor eléctrico en curvas de bomba con potencia absorbida creciente hasta un punto máximo y luego decreciente.

  • Se han evitado requisitos imposibles de cumplir, como por ejemplo suministro eléctrico disponible ‘permanentemente’.

  • Para paliar el problema anterior y normalizar el principio básico de mantener operativo al máximo posible el suministro eléctrico, se define el concepto de suministro eléctrico “fiable” como algo factible y controlable.

  • Igualmente se han dado alternativas a requisitos con dificultades para obtener los permisos por parte de terceros, como es el caso de la definición de una red de uso público aceptable.

  • Se define el número máximo de depósito de capacidad reducida con independencia de la clase de abastecimiento.

  • Se han ampliado las posibles ubicaciones de los equipos de bombeo, más acorde con las posibilidades reales de las instalaciones.

  • Se ha definido el concepto de “curva estable” de la bomba, tal y como lo indica en sus versiones de consulta el proyecto de Norma prEN 12259 12.

  • Se amplían y detallan las definiciones de presión de impulsión, nominal, de aspiración y sus límites.

  • Se introduce el concepto “sensor de presión”, más amplio que el presostato, para dar entrada a los transductores de presión si en el futuro lo contemplan otras normas europeas.

  • Se permite la instalación de los sensores de presión en serie o incluso en paralelo, pero con sistema monitorizado de correcta operatividad de ambos sensores.

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