Respecto a las competencias en materia de investigación de incendios Oficina Técnica de Ingeniería Forense considera que las mismas han de definirse en función del uso y la finalidad que la investigación va a tener.
Es decir, si una de las competencias de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias, DGPCE, es la de elaboración de estadísticas nacionales sobre los incendios en España (en base al Real Decreto 1053/1985), éstos debieran realizar una investigación o recopilación de información con el grado e implicación necesarios para asumir dichas competencias.
Si dentro de las competencias de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado está la investigación de actos dolosos o delictivos a través de los efectivos de Policía Científica (CNP) o Policía Judicial (Guardia Civil), éstos son quienes deben realizar la investigación con el objeto específico de determinar responsabilidades penales, si un incendio ha sido intencionado o no, o pudiera existir un hecho doloso.
Finalmente, cabe indicar que no entra en la competencia de los anteriores la investigación de los incendios destinada a esclarecer las causas primeras del incendio que puedan derivar en responsabilidades civiles, teniendo derecho los implicados a que ésta investigación se lleve a cabo.
Existen diversos intereses en pleno derecho para que un incendio se investigue. Ya sea por cuestiones de seguridad ciudadana, por responsabilidades penales o bien civiles, tal y como indica el Articulo 11 del Reglamento de Seguridad Contra Incendios en Establecimientos Industriales “los incendios deben ser investigados con la ayuda de la ayuda de especialistas como el Cuerpo de Bomberos, organizaciones o técnicos competentes”. Así pues las competencias quedan definidas, si bien para realizar una completa investigación de un incendio son necesarios, además de vastos conocimientos multidisciplinares, trabajos de campo, que sin duda pueden alterar el escenario para posteriores inspecciones. No se trata de un problema de competencias, ya que las mismas quedan definidas por la finalidad de la investigación.
Oficina Técnica de Ingeniería Forense entiende que el problema puede ser de colaboración en el intercambio de información entre los diferentes cuerpos o unidades que realizan la investigación, ya que de existir dicho flujo ayudaría sin duda a completar las conclusiones de todas las investigaciones en función de los objetivos de cada una.